La Generalitat de Catalunya denuncia la nueva invasión competencial sobre el modelo comercial catalán

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GENERALITAT DE CATALUNYA
● La sentencia del Tribunal Constitucional respecto a la ley catalana de comercio anula aspectos de horarios comerciales, pese a su impacto no será determinante.

● El tribunal mantiene vigentes los artículos de la normativa catalana sobre el derecho del consumidor a ser atendido en catalán y la recomendación de períodos de rebajas.

3 de octubre de 2022

GENERALITAT DE CATALUNYA

El departamento de Empresa i Treball de la Generalitat de Catalunya denuncia la nueva invasión competencial del Estado sobre el modelo comercial catalán con la sentencia del Tribunal Constitucional. La sentencia, hecha pública la semana pasada, da respuesta al recurso de inconstitucionalidad presentado por el ejecutivo español ante distintos preceptos de la ley catalana de Comercio, Servicios y Ferias, aprobada con el objetivo prioritario de proteger el pequeño comercio.

Sin embargo, el Gobierno catalán destaca que la sentencia mantiene vigentes los artículos de la normativa catalana que hacen referencia al derecho del consumidor de ser atendido en catalán, y el régimen sancionador vinculado, así como la potestad de recomendación sobre periodos de rebajas.

Las tiendas y comercios podrán abrir 90 horas a la semana, en vez de las 75 que estipulaba la Generalitat de Catalunya

Por lo que respecta a los horarios, el tribunal anula el artículo referente al número de horas semanales que un comercio puede abrir, que pasa de 75 horas a 90 horas tal y como establece la ley estatal. Sin embargo, la inmensa mayoría de los comercios no agotan este tramo horario y, por tanto, el impacto en el paisaje comercial catalán será menor, explican fuentes de la Generalitat de Catalunya.

El otro artículo anulado se refiere a la libertad horaria de los establecimientos, y del límite de 150 metros cuadrados para comercios de alimentación se pasa a los 300 metros cuadrados en todos los establecimientos. Este artículo ya estaba suspendido desde 2017 y, por tanto, ya no era de aplicación desde entonces. Sin embargo, la idea del Govern es incorporar a la ley catalana referencias explícitas a estas cuestiones.

El Govern continuará determinando la categoría de municipio turístico, pero éstos no tendrán que pedir prórroga a los 4 años

La última afectación de la sentencia se refiere a los municipios turísticos. La ley catalana establecía que la categoría de municipio turístico la otorgaba el Govern por un período de 4 años, ya que entendía que esta condición no podía ser de carácter indefinido ya que los criterios por los que se otorgan pueden ser cambiantes. La anulación de este precepto por parte del Tribunal Constitucional supone que, si bien el ejecutivo catalán mantiene la potestad de aprobar la obtención de la categoría, los municipios que la reciban no tendrán que pedir prórroga, a no ser que no se modifiquen las condiciones.

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