UGT, CCOO y ASPROFA logran un acuerdo para establecer un periodo de vacaciones para las personas trabajadoras del calzado de Almansa

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UGT, CCOO y ASPROFA logran un acuerdo para establecer un periodo de vacaciones para las personas trabajadoras del calzado de Almansa
El acuerdo viene a dar cumplimiento a uno de los artículos del convenio colectivo vigente del sector, estableciendo una distribución de los treinta días naturales de vacaciones para este presente año 2025, informan desde UGT FICA.

20 de marzo de 2025

UGT, CCOO y ASPROFA logran un acuerdo para establecer un periodo de vacaciones para las personas trabajadoras del calzado de Almansa

UGT FICA, CCOO, y la Asociación Provincial de Fabricantes de Calzado y Afines (ASPROFA), han firmado esta semana un acuerdo para establecer un periodo vacacional para las empresas y los trabajadores y trabajadoras del sector del calzado de Almansa (Albacete).

Dicho acuerdo, informan fuentes de UGT FICA, viene a dar cumplimiento a uno de los artículos del convenio colectivo vigente del sector, estableciendo una distribución de los treinta días naturales de vacaciones para este presente año 2025. Tras las negociaciones se ha llegado al acuerdo de que 6 de esos días naturales de vacaciones sean del 1 al 6 de mayo. 14 días naturales seguidos comprendidos en el periodo que va del 1 de julio al 31 de agosto. Y el resto a convenir en las empresas.

El acuerdo incluye también, que cualquier modificación que se realice de común acuerdo entre los empresarios y los representantes legales de los trabajadores (Delegados de personal o Comité de empresa), o con la mayoría de los trabajadores/as (si no existe la anterior figura) será válido a todos los efectos.  Las empresas tienen un plazo hasta el 16 de abril para alcanzar un acuerdo sobre el periodo vacacional. Y si no se llegase a acuerdo, podrán solicitar la intervención de la comisión de mediación provincial para resolver este conflicto.

Del mismo modo, los trabajadores/as con periodos de actividad inferiores a un año (fijos discontinuos, nuevas incorporaciones, contratos temporales, o aquellos que hayan sido objeto de expedientes de regulación temporal de empleo) que no hayan generado el derecho al disfrute de 30 días naturales de vacaciones, negociarán ellos mismos a través de sus representantes legales fechas alternativas.

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