La Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) ha insistido esta mañana en una de sus reivindicaciones: que la llamada ‘segunda oportunidad’ -los mecanismos administrativos y concursales que facilitan que un proyecto que ha acabado quebrando no se traduzca en una insolvencia y endeudamiento eterno para sus emprendedores- contemple la posibilidad de fraccionamiento y exoneración de las deudas con Hacienda y Seguridad Social.
En esta línea, la secretaria general de UATAE, ha recalcado que la reforma de la ley concursal en la que trabaja el gobierno “debe incluir este extremo y permitir a los autónomos exonerar las deudas contraídas con organismos públicos”.
En pro de una segunda oportunidad real
El anuncio del cambio normativo por parte del Ejecutivo ha supuesto la apertura de un período de consulta pública para hacer llegar aportaciones al proyecto, aunque esta fase se lanzó “contrarreloj y en pleno mes de agosto”, lo que desde UATAE critican porque desprende “cierta opacidad” en un asunto de gran importancia. La Unión de Autónomos está trabajando para formular propuestas que sean trasladadas al Gobierno.
Estas propuestas van en esa línea: que las y los autónomos y pequeños empresarios insolventes y sobreendeudados puedan acceder, en la mediación extrajudicial correspondiente, de la exoneración de todas sus deudas en un periodo de tiempo razonable, también de las contraídas con Hacienda y la Seguridad Social, reiniciando su actividad empresarial y haciendo posible una segunda oportunidad real. UATAE recuerda que ya se han pronunciado en términos similares el Tribunal Supremo (en su sentencia 381/2019, de 2 de julio) y organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.
A favor de «u punto y final»
Landaburu apunta que “no puede haber ‘segunda oportunidad’ si la propia administración pública no facilita una salida a los autónomos que mantienen una deuda con ella”. UATAE lleva años reclamando que la ley reconozca la exoneración de las deudas de titularidad pública tras la liquidación del patrimonio y tras haberse sometido el afectado o afectada a un plan de pago durante cinco años que no haya satisfecho la totalidad de las mismas.
En cualquier caso, prosigue Landaburu, “es imprescindible establecer un proceso de rehabilitación que impida la muerte civil de quien ha tenido la mala suerte de que su negocio haya salido mal”, que pase por un plan de viabilidad que comprometa a todos los acreedores sin excepción y permita la refinanciación y, si esta no es posible “tiene que haber un punto y final”.