Preguntas y respuestas: Reglamento relativo a las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales

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Preguntas y respuestas: Reglamento relativo a las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales
● Una vez adoptado, el Reglamento se aplicará a los productos artesanales e industriales, como las piedras naturales, las joyas, los textiles, los encajes, los cubiertos, el vidrio y la porcelana.

● Los «productos artesanales» son productos fabricados totalmente a mano o con ayuda de herramientas manuales o también por medios mecánicos, siempre que la contribución manual directa siga siendo el componente más importante del producto acabado.

● Los «productos industriales» son productos fabricados de manera normalizada, por lo general a gran escala y mediante el uso de máquinas.

15 de abril de 2022

Preguntas y respuestas: Reglamento relativo a las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales

¿Qué es una indicación geográfica?

Una indicación geográfica (IG) es un signo utilizado para indicar que un producto tiene un origen geográfico específico y posee una reputación o unas cualidades determinadas debido a ese lugar de origen. Una IG suele incluir la denominación del lugar de origen. Todas las agrupaciones de productores de la zona en que se fabrique un producto determinado de una manera establecida pueden utilizar colectivamente la IG. Champagne (champán) o Prosciutto di Parma (jamón) son ejemplos bien conocidos de IG agrícolas, un marco ya en vigor desde 1992.

¿Por qué introduce la Comisión la protección de las IG a escala de la UE para los productos artesanales e industriales?

La UE cuenta con una protección específica de las IG de vinos, bebidas espirituosas y otros productos agrícolas y alimenticios. Sin embargo, hasta ahora no existía ningún mecanismo a escala de la UE para proteger las cualidades atribuidas a las técnicas y tradiciones locales específicas relacionadas con otros productos como los productos artesanales e industriales, por ejemplo, la cerámica, el vidrio, la ropa, los encajes, las joyas, los muebles y los cuchillos.

Algunos Estados miembros ya conceden protección a estos productos. Sin embargo, las diferentes normas nacionales han dado lugar a distintos niveles de protección jurídica por toda Europa. Los productores de productos artesanales e industriales que desean proteger una IG en toda la UE tienen que solicitar protección jurídica en cada Estado miembro, lo que supone un coste muy elevado. Además, la falta de un régimen a escala de la UE también impide a sus productores beneficiarse plenamente de la protección internacional de sus productos con IG.

¿Qué productos entran en el ámbito de aplicación del nuevo Reglamento?

Una vez adoptado, el Reglamento se aplicará a los productos artesanales e industriales, como las piedras naturales, las joyas, los textiles, los encajes, los cubiertos, el vidrio y la porcelana.

Los «productos artesanales» son productos fabricados totalmente a mano o con ayuda de herramientas manuales o también por medios mecánicos, siempre que la contribución manual directa siga siendo el componente más importante del producto acabado.

Los «productos industriales» son productos fabricados de manera normalizada, por lo general a gran escala y mediante el uso de máquinas.

¿Qué criterios debe cumplir el nombre de un producto para reivindicar la protección de las IG?

Para beneficiarse de la protección de las IG, el producto debe cumplir los siguientes requisitos de admisión, centrados en la calidad geográfica del producto:

  • que sea originario de un lugar, una región o un país determinados;
  • que tenga una calidad, reputación u otra característica específica que sea esencialmente atribuible a su origen geográfico; y
  • que al menos una fase de su producción tenga lugar en la zona geográfica delimitada.

¿Cómo funcionará el proceso de registro en la práctica?

La propuesta se ha concebido para minimizar la carga administrativa y los costes de conformidad para los productores y las autoridades públicas, garantizando al mismo tiempo la igualdad de trato en toda la Unión.

Con arreglo al nuevo Reglamento, el procedimiento de registro tiene dos fases:

  • Primera fase: Los productores o las agrupaciones de productores enviarán su solicitud a las autoridades de los Estados miembros. Las autoridades nacionales evaluarán la solicitud, llevarán a cabo el procedimiento nacional de oposición y, tras el resultado positivo de la evaluación, enviarán una solicitud de la Unión a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).
  • Segunda fase: la Oficina examinará las solicitudes en la segunda fase del procedimiento, que consistirá en una oposición a escala mundial y en la que se adoptará la decisión de conceder o denegar la protección. La Oficina también llevará a cabo los procedimientos correspondientes a las IG originarias de terceros países.

Una vez adoptada la decisión de registro, la Oficina inscribirá en el registro de la Unión, en particular, el nombre registrado, la clase y el país o los países de origen del producto.

Para los Estados miembros que no disponen de un sistema nacional de protección de las IG, el Reglamento incluye una excepción a la obligación de designar una autoridad nacional para aplicar el procedimiento de la primera fase. Esta excepción se denomina «procedimiento de registro directo». Mediante dicho procedimiento, el registro es gestionado directamente por la Oficina. En esos casos, los Estados miembros pertinentes tienen la obligación de designar una autoridad competente para los controles y la ejecución, así como de adoptar las medidas necesarias para hacer cumplir los derechos establecidos en el Reglamento.

Al igual que en el sistema de IG de productos agrícolas, los productores de productos artesanales e industriales pueden publicitar la IG protegida utilizando el mismo logotipo en el etiquetado del producto. Los derechos de IG de los productos artesanales e industriales a escala de la UE sustituyen a los derechos específicos de IG nacionales en los Estados miembros de la UE. No habrá coexistencia con los regímenes nacionales.

¿Por qué no utilizar la legislación sobre marcas para proteger las IG de productos artesanales e industriales?

A diferencia de las IG, la protección de las marcas (por ejemplo, a través de marcas colectivas o de certificación de la UE) no permite a los productores de productos industriales y artesanales certificar a escala de la Unión el vínculo entre la calidad y el origen geográfico que indica cualidades atribuidas a técnicas y tradiciones locales específicas.

Además, a diferencia de la protección de las marcas, un sistema específico de protección de las IG incentiva a las autoridades públicas y a los productores para que establezcan pliegos de condiciones. Asimismo, el sistema de IG se centra en integrar los conocimientos técnicos regionales y locales en el proceso de solicitud y registro. Este sistema establece una primera fase a escala de los Estados miembros, en la que las autoridades nacionales desempeñan una función de examinadoras iniciales de los pliegos de condiciones y las solicitudes de IG acordados por los productores locales.

¿Cuáles son los beneficios de una protección de las IG a escala de la UE para los productores?

El nuevo sistema de protección garantiza una competencia leal a los productores y los ayuda a luchar contra los productos falsificados. Además, refuerza la oferta local, proporciona incentivos a los productores para crear nichos de mercado y fomenta la cooperación de los productores entre sí y con las autoridades locales.

Al igual que en el sistema de indicaciones geográficas de los productos agrícolas, los productores pueden publicitar la IG protegida utilizando el mismo logotipo en el etiquetado del producto. A escala internacional, la protección de las indicaciones geográficas permite a los productores de la UE solicitar protección internacional para sus productos artesanales e industriales disponibles en otros mercados de los terceros países que son Partes en el Acta de Ginebra de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

También permite a terceros países u organizaciones, Partes en el Acta de Ginebra, obtener protección de IG para sus productos artesanales e industriales en todo el territorio de la UE. El Reglamento garantiza que los productores puedan aprovechar plenamente las oportunidades que ofrece el Acta de Ginebra y, por tanto, beneficiarse plenamente del marco internacional para el registro y la protección de las indicaciones geográficas («sistema de Lisboa»). También permite una mayor protección de los productores de productos artesanales e industriales de la UE en terceros mercados como China, a través de disposiciones más ambiciosas en materia de IG en los acuerdos comerciales bilaterales celebrados por la UE, que ahora abarcarían también los productos artesanales e industriales.

Así pues, la protección de los productos artesanales e industriales es un incentivo para invertir en innovación con el fin de proteger y mejorar la alta calidad de los productos protegidos, mejorando así la competitividad.

¿Cuáles son los beneficios de una protección de las IG a escala de la UE para los consumidores?

La protección de las IG de los productos artesanales e industriales proporciona a los consumidores información fiable sobre el lugar de producción, así como sobre sus características específicas o su reputación, identidad, autenticidad y calidad.

Los consumidores pueden confiar en que la protección de las indicaciones geográficas se basa en un sistema sólido de verificación del vínculo territorial por parte de las autoridades competentes y en un sistema eficaz de controles, seguimiento y ejecución, implementado en colaboración con operadores privados.

Otro beneficio es la mayor visibilidad del origen geográfico y las técnicas de producción de los productos. Los consumidores otorgan valor a los productos cuya calidad está asociada a un vínculo territorial. En un estudio de 2020, la Comisión constató que la información sobre productos artesanales e industriales es a menudo confusa o ambigua. La protección de las IG de los productos artesanales e industriales es una herramienta útil para facilitar una mayor visibilidad y, por tanto, reducirá los costes de búsqueda de los consumidores (el tiempo dedicado a identificar los productos pertinentes en las tiendas).

¿Cuáles son los beneficios de la protección de las IG a escala de la UE para las regiones?

La protección de las IG aumenta la visibilidad del producto y de la región, y contribuye a atraer turistas y a aumentar el empleo y la competitividad global de las regiones. Todos estos beneficios son especialmente significativos en el caso de las regiones rurales o menos desarrolladas. Además, el turismo sostenible desarrollado en torno al valor de las indicaciones geográficas de los productos artesanales e industriales también puede reducir la estacionalidad turística, ya que las ofertas de artesanía tienen el potencial de atraer turismo a lo largo de todo el año. Esto es especialmente pertinente si consideramos las consecuencias de la COVID-19.

Además, los productos con una vinculación geográfica se elaboran a menudo sobre la base de los conocimientos técnicos locales y siguiendo métodos de producción locales arraigados en el patrimonio cultural y social de su región de origen. La protección de las indicaciones geográficas contribuye a preservar los productos y los conocimientos técnicos tradicionales y de alta calidad, así como los puestos de trabajo vinculados a ellos.

¿Cuáles son los costes del registro de la protección de indicaciones geográficas para el productor y cuánto dura la protección?

En términos de costes, a escala de la UE no hay tasas excepto para el procedimiento de «registro directo». No obstante, a escala nacional, los Estados miembros podrán cobrar tasas, como en el caso de las indicaciones geográficas del vino, las bebidas espirituosas y los productos agrícolas. Las indicaciones geográficas se conceden por un período de tiempo ilimitado.

¿Cómo se garantiza que los productores cumplen el pliego de condiciones y de qué trata la nueva autodeclaración?

Con el fin de garantizar las características específicas de los productos con indicación geográfica, los productores estarán sujetos a un sistema de control que verifique el cumplimiento del pliego de condiciones antes de que el producto se comercialice y después de que haya sido comercializado.

El nuevo procedimiento de autodeclaración ofrece a los Estados miembros una alternativa al procedimiento convencional de control por terceros ya conocido por el sistema de protección de las indicaciones geográficas para los productos agrícolas. El nuevo procedimiento prevé la posibilidad de que los productores declaren a la autoridad competente el cumplimiento del pliego de condiciones mediante una autodeclaración que deberá renovarse cada tres años. La autoridad competente comprobará de forma aleatoria la exactitud de la información contenida en la autodeclaración y establecerá un sistema disuasorio de multas. El objetivo es establecer un procedimiento de control más ligero y menos costoso, que esté más adaptado a los productores de productos artesanales e industriales.

¿Garantiza la propuesta la protección de las indicaciones geográficas en internet?

La propuesta garantiza que la protección de las indicaciones geográficas se aplique tanto al entorno en línea como fuera de él, sin olvidar el sistema de nombres de dominio. A tal fin, la propuesta aclara la relación entre los nombres de dominio en internet y la protección de las indicaciones geográficas mediante la imposición de condiciones en las que pueden revocarse o transferirse registros de nombres de dominio infractores o abusivos. Asimismo, se refuerza el reconocimiento de las indicaciones geográficas en los procedimientos alternativos de resolución de litigios.

Además, la propuesta establece en la EUIPO un sistema de información y alerta sobre nombres de dominio que permitirá a los solicitantes prevenir y tomar medidas contra los registros de nombres de dominio potencialmente infractores.

Por último, la propuesta establece un puente con la futura Ley de Servicios Digitales, aclarando que, cuando así lo disponga la legislación nacional, las autoridades competentes de los Estados miembros podrán dictar órdenes en consonancia con la Ley de Servicios Digitales para actuar contra los contenidos ilícitos que infrinjan la protección de las indicaciones geográficas.

¿Cuáles son los beneficios de esta propuesta para las pymes?

La mayoría de los titulares de IG artesanales e industriales son microempresas y pequeñas y medianas empresas, y la propuesta está concebida teniendo en cuenta las necesidades y los retos específicos a los que se enfrentan dichas empresas. La principal ventaja de esta propuesta para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas es que pueden proteger sus productos artesanales e industriales en toda la UE mediante un procedimiento simple en dos fases, a un coste moderado y con una carga administrativa mínima.

La propuesta también ayuda a las empresas a internacionalizar sus productos. Dicha propuesta también crea procedimientos sencillos para registrar y gestionar nuevas IG, sin exigir en ninguna fase del procedimiento la participación de representantes legales, y reduce al mínimo la carga administrativa para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas. La propuesta prevé un procedimiento de solicitud y registro de la UE plenamente digitalizado, que también debería reducir la carga administrativa, factor crucial para las pymes. El régimen simplificado de aplicación previsto en la propuesta, incluida la autodeclaración de cumplimiento del pliego de condiciones, será beneficioso para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas.

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