La patronal de comercio Córdoba, Acotex y los sindicatos UGT y CCOO, firmantes del convenio de comercio para la provincia, han acordado y registrar la modificación de su artículo 46

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La patronal de comercio Córdoba, Acotex y los sindicatos UGT y CCOO, firmantes del convenio de comercio para la provincia, han acordado y registrar la modificación de su artículo 46
El convenio colectivo para el personal del sector del Comercio de la Provincia de Córdoba se firmó con vigencia para los años 2021-2024.

30 de enero de 2024

La patronal de comercio Córdoba, Acotex y los sindicatos UGT y CCOO, firmantes del convenio de comercio para la provincia, han acordado y registrar la modificación de su artículo 46

En el mismo se recoge la obligación de las empresas para realizar una serie de acciones formativas para las plantillas en el ámbito de la igualdad, salud laboral, etc. y la obligación de las empresas de realizar una serie de actuaciones de formación, asesoramiento y formación en materia de Políticas Sociales

En la redacción original de este artículo se podría entender que, la intención de las partes firmantes, era promover que las pequeñas empresas tenían que realizar dicha formación a través, necesariamente, de su afiliación a las patronales firmantes.

En su redacción podría no quedar claras las distintas posibilidades y opciones que las empresas tenían para cumplir con las referidas obligaciones de información, asesoramiento y formación, siendo voluntad de las partes firmantes que estas pudieran llevarse a cabo, bien de forma individual directamente por la propia empresa, bien a través de algún operador externo especialista en las materias descritas o bien a través de las actuaciones conjuntas y asociativamente realizadas desde las asociaciones patronales firmantes del Convenio.

Esta posible lectura fue puesta de manifiesto por la Agencia de la Competencia y la Regulación Económica de Andalucía y ante su requerimiento, todas las partes –incluida la Agencia- han llegado a un acuerdo  de Terminación Convencional dirigido a modificar la redacción del artículo 46 del Convenio y, así, aclarar su sentido y literalidad en la línea de que TODAS las empresas del sector del Comercio de Córdoba podrán realizar las labores formativas actuaciones de información, asesoramiento y formación en materia de Políticas Sociales a las que les obliga el artículo 46 bien de forma asociativa con su afiliación a alguna de las patronales firmantes, bien de forma individual directamente o a través de algún operador externo especialista en formación o consultoría las materias descritas.

Con esta modificación del art. 46 damos cumplimiento al compromiso contraído con ACREA y se aporta mayor seguridad jurídica de todos los operadores económicos en el sector.

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