● Eliminar el requisito para acceder a la prestación que obliga a haber sido beneficiario del cese de actividad entre marzo y junio.
● Exoneración de su cotización, similar a la que tienen los trabajadores del régimen general en los ERTE de limitación a todos los autónomos que vean restringida su actividad por orden administrativa en el nivel de la administración que sea. No es lógico que quien no puede realizar su actividad al 100% pague cotizaciones al 100%. Además, por similitud con lo que ocurre con los ERTE de impedimento que sí tienen exoneraciones.
● Permitir que los autónomos de temporada que en 2018 o 2019 hayan cotizado en meses diferentes del periodo de junio a diciembre puedan acceder a la ayuda.
● Aplazar la subida de cuota prevista para 2021, fruto del acuerdo alcanzado en 2018, para la subida de tipos a 2022.