El Pleno del Consell ha aprobado un Decreto ley por el que autoriza la creación de las sociedades mercantiles Sociedad Valenciana Feria Valencia S.A. y Sociedad Valenciana Feria Alicante S.A, cuya creación está prevista en los artículos 2.3.b) y 156 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
Ambas tendrán personalidad jurídica de naturaleza privada. También las dos sociedades se regirán por sus estatutos, por el ordenamiento jurídico privado y su legislación específica, sin perjuicio de lo establecido en este Decreto ley y en el resto de normas de derecho público que les sean aplicables. El conjunto de sus derechos y obligaciones de carácter económico tendrán siempre naturaleza privada.
Nuevos ámbitos de actuación
Tanto la Sociedad Feria Valencia como la Sociedad Feria Alicante tienen como objeto promocionar, programar, crear, controlar y coordinar las ferias comerciales autorizadas y declaradas internacionales, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, así como las ferias comerciales oficiales, de carácter local, provincial, autonómico o nacional.
Además, pueden llevar a cabo otras actividades que contribuyan a la defensa, apoyo o fomento del comercio, la industria o el turismo, así como las manifestaciones culturales o de ocio, o que sean de utilidad para el desarrollo de las indicadas finalidades.
Debido a lo anterior, pueden acoger, promocionar y organizar, por ejemplo, actividades como reuniones, congresos, convenciones, conferencias, exposiciones o cualquier acontecimiento que puedan realizar en el ámbito industrial, comercial, turístico, cultural y de ocio, incluida la cesión o alquiler a terceros de las instalaciones y los servicios para su celebración.
Subrogación de la titularidad de la deuda
Este decreto culmina el proceso -iniciado por el Decreto ley 7/2017, de 29 de diciembre, del Consell- por el cual se habilitan los procedimientos y autorizaciones necesarias para la subrogación de la titularidad de la deuda financiera de la Feria Muestrario Internacional de Valencia y de la Institución Ferial Alicantina (IFA) y su proceso de reestructuración.
De esta forma se procede a dar una solución para la regularización de las cuentas acreedoras generadas a favor de la Generalitat por el importe subrogado, en aplicación de los artículos 5 y 7 del decreto ley mencionado, respectivamente, de forma que estas cuentas acreedoras, que reflejan en gran parte el esfuerzo económico realizado por la Generalitat en este ámbito, no constituyan un obstáculo para la reestructuración de las instituciones feriales.
En este sentido, una vez subrogada la deuda financiera, formalizada en el caso de Feria Valencia la mutación demanial externa de los bienes afectos a la actividad ferial, (junto con la subrogación de la Generalitat en la posición del Ayuntamiento de València como administración concedente, mediante el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de febrero de 2021 y Resolución de 7 de abril de 2021, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico), y cumplido el compromiso de IFA de poner a disposición de la Generalitat sus bienes inmuebles para el pago de una parte de la deuda que mantiene con esta, mediante acuerdo de su Patronato, de 1 de abril de 2019, es posible constatar la consecución de un reequilibrio en las contraprestaciones realizadas por las partes implicadas.
Todo esto permite a todas las partes, instituciones feriales y Generalitat, culminar el proceso con la creación de siglos sociedades mercantiles públicas que asuman el papel de las actuales instituciones feriales.
Este Decreto ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.