El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado en Junta de Gobierno la convocatoria de subvenciones en apoyo al sector del Comercio y la Hostelería. Esta iniciativa está destinada a entidades y asociaciones por valor de 200.000 euros, dirigidas a impulsar campañas, proyectos e iniciativas que favorezcan las actividades de promoción, reactivación y dinamización de estos sectores realizadas entre el 1 de enero y el 26 de noviembre de 2023.
Las ayudas que se van a poder conceder pueden llegar hasta los 25.000 euros, y se van a beneficiar las asociaciones que agrupen mayoritariamente establecimientos destinados a las actividades de comercio al por menor y de hostelería, vendedores en mercadillos municipales, quedando excluidas las federaciones y confederaciones.
La edil Lidia López ha destacado la importancia de conceder estas subvenciones impulsadas por el Ayuntamiento y creadas con el firme objetivo de “mejorar la competitividad de nuestro tejido comercial y del sector de la hostelería en Alicante, ya que con los proyectos y campañas se logra poner en valor estos sectores, y mejorarlos dinamizando a su vez las áreas comerciales, ya que son uno de principales motores económicos y de empleo de Alicante”.
Concretamente cada asociación podrá presentar una única solicitud de subvención para acciones relacionadas con la transformación digital de los comercios, proyectos, campañas, acciones de marketing, comunicación, buenas prácticas medioambientales, posicionamiento digital y tecnológico. Acciones dirigidas a redefinir su modelo tradicional y posicionar a los comercios y restaurantes en la transformación digital y tecnológica, adecuar su estrategia de marketing, activar su visibilidad e impulsar su competitividad, así como su proyección exterior.
La concejala de Comercio y Hostelería incidió en que “es fundamental toda la implicación de las administraciones públicas, por ello el Ayuntamiento apuesta con premios y a su vez con la convocatoria de subvenciones en potenciar con acciones que activan su visibilidad e impulsan su competitividad, así como con campañas y proyectos tecnológicos, que se sumarán a las líneas de bonos Comercio”.
Plazo de presentación de las subvenciones
La línea de ayudas establece que se va a subvencionar acciones realizadas desde el 1 de enero al 26 de noviembre de 2023, y se podrán conceder subvenciones de hasta el 100%, con un límite de 25.000 € por solicitante.
Los proyectos responderán al objetivo principal de mejorar la competitividad de los establecimientos del comercio y la hostelería de Alicante con iniciativas desarrolladas por sus asociaciones representativas que los pongan en valor, dinamicen las áreas comerciales, favorezcan la vitalidad de la propia ciudad.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante. Los interesados en solicitar las presentes ayudas lo harán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php, comercio y hostelería, accediendo con certificado digital de representante de persona jurídica.
Características de los proyectos
Cada asociación podrá presentar una única solicitud de subvención, y un mismo proyecto puede ser compartido por varias asociaciones y cada una justificará su parte realizada.
Entre los objetos de la subvención y acciones a llevar a cabo destacan:
- Actuaciones vinculadas con la transformación digital de los autónomos y pymes, comercio electrónico, posicionamiento, con acciones de sensibilización, diagnóstico, asesoramiento a los establecimientos pymes en su transformación digital que no estén cubiertas de forma gratuita por otros programas públicos.
- Acciones relacionadas con el marketing digital, la presencia on line, RRSS, comunicación, información, publicidad, dinamización, creatividad e imagen.
- Servicios y suministros directos para el desarrollo de las actividades.
- Acciones dirigidas a la implantación de buenas prácticas medioambientales, incluyendo las de sensibilización, diagnóstico y asesoramiento.
- De forma excepcional, la comisión técnica de evaluación podrá admitir gastos en artículos promocionales o de merchandising, siempre que sean un elemento complementario necesario para potenciar una campaña de imagen o de buenas prácticas medioambientales. En todo caso, los gastos admitidos por este concepto no podrán superar el 25% del importe total subvencionado.
- Así como creación de una web corporativa, gastos anuales de mantenimiento y actualización de una web corporativa, gastos anuales en RRSS, campañas propias no certificadas, y diseño de imagen por campaña.