Ayer 17 de mayo, la Comisión Europea inició inspecciones sin previo aviso en los locales de empresas activas en la industria de la moda en varios Estados miembros. Paralelamente, la Comisión ha enviado solicitudes formales de información a varias empresas activas en el sector de la moda.
A la Comisión le preocupa que las empresas afectadas hayan infringido el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que prohíben los cárteles y otras prácticas comerciales restrictivas. Los funcionarios de la Comisión estuvieron acompañados en estas inspecciones por sus homólogos de las autoridades nacionales de competencia competentes.
Las inspecciones no anunciadas son un paso preliminar de investigación sobre presuntas prácticas anticompetitivas. El hecho de que la Comisión lleve a cabo dichas inspecciones y envíe solicitudes formales de información no significa que las empresas sean culpables de un comportamiento anticompetitivo ni prejuzga el resultado de la investigación en sí.
Las inspecciones se han llevado a cabo de conformidad con todos los protocolos de salud y seguridad del coronavirus para garantizar la seguridad de los involucrados.
No existe un plazo legal para completar investigaciones sobre conducta anticompetitiva. Su duración depende de una serie de factores, incluida la complejidad de cada caso, el grado de cooperación de las empresas afectadas con la Comisión y la necesidad de respetar los derechos de defensa de las partes.
Bajo el programa de clemencia de la Comisión, las empresas que han estado involucradas en un cártel secreto pueden obtener exención de multas o reducciones significativas en las multas a cambio de denunciar la conducta y cooperar con la Comisión a lo largo de su investigación. Las personas pueden denunciar cárteles u otros comportamientos anticompetitivos de forma anónima a través de la herramienta de denuncia de irregularidades de la Comisión.